El SIG de la Fundación de ECO- RAEE’s establece 4 posibilidades (A, B, C y D) para la recogida de los aparatos electrónicos y eléctricos puestos en el mercado por los fabricantes, y una vez estos se hayan convertido en residuos y depositados por los consumidores en los centros de distribución.
Ante está situación compleja, el SIG de la Fundación ECO- RAEE’s consciente de dar una solución a los centros de distribución y a los fabricantes, ha optado por el establecimiento de 4 modos de recogida:
Así mismo, se hace constar que estos modos de recogida no son excluyentes, por lo que dependiendo de los tipos de residuos a recoger y del lugar y medios disponibles, se podrán establecer sistemas o modos alternativos que complementen a los expuestos.
Modo A):
Consiste en que el distribuidor tenga la capacidad de proceder dentro de sus propias instalaciones al almacenamiento temporal de los residuos procedentes de los consumidores y clientes, y cuya cantidad al almacenar será de un mínimo de 400 kg.
Fases a realizar:
- Almacenamiento por parte del distribuidor dentro de sus propias instalaciones de una cantidad de residuos de un mínimo de 400 Kg.
- En caso de ser necesario, instalación por parte de la Fundación ECO-RAEE’s de un tipo de contenedor para el almacenamiento de los residuos.
- Una vez almacenada dicha cantidad mínima, se le facilitará por parte del SIG de la Fundación ECO- RAEE’s un número de teléfono/fax de contacto y aviso, a través del cual el distribuidor procederá a comunicar al gestor de residuos transportista para que retire los residuos.
- Se deberá comunicar por parte del distribuidor a través de fax o correo electrónico, entre otros datos las cantidades a retirar, y el modo en que se encuentren almacenados para facilitar los trabajos de recogida.
- Una vez se proceda a la recogida por parte del gestor de residuos, el distribuidor procederá a la firma del documento de albarán de recogida donde figurarán entre otros datos, los datos de kilos de residuos recogido, y marcas de los fabricantes, etc...
Modo B):
Este segundo modo ha sido tenido en cuenta para el supuesto de aquellos puntos de distribución en los cuales no se pueda proceder al almacenamiento temporal de una cantidad mínima de 400 kg de este tipo de residuos por falta de espacio o cualquier otra circunstancia.
Para estos supuestos el SIG de la Fundación ECO- RAEE’s procederá a facilitar a los Centros de Distribución, y a través de los productores- fabricantes, un listado de Centros de Almacenamiento pertenecientes al SIG de la Fundación ECO- RAEE’s de modo que los distribuidores a través de sus propios vehículos puedan trasladar estos residuos a los Centros de Almacenamiento Temporal (CAT).
* El distribuidor deberá de comunicar al Centro de Almacenamiento Temporal (CAT) a través de fax, teléfono o correo electrónico los siguientes datos:
- Cantidad aproximada de residuos.
- Tipo, marca.
- Fecha de traslado
Modo C):
En el supuesto de que las dos opciones descritas en los puntos anteriores no pudieran llevarse a cabo, se establece una tercera posibilidad que consiste en que por parte del Centro de Distribución se llame a la empresa de gestión de residuos a través del teléfono/ fax facilitado por parte del SIG de la Fundación de ECO- RAEE’s, y de este modo se proceda a recoger los residuos en el Centro de Distribución.
Para este supuesto el distribuidor deberá de comunicar con antelación y remitir por fax o correo electrónico a la empresa transportista de gestión de residuos, entre otros los siguientes datos:
- Fecha de recogida, tipo de residuos, marca, kilos, etc...
Modo D):
Este supuesto se plantea para casos excepcionales y extremos que sería el supuesto de que el distribuidor no pueda cumplir las opciones A) B), y el SIG de la Fundación de ECO- RAEE’s por causas ajenas no pudiese en algún caso, proceder a la retirada de los residuos en determinadas zonas limítrofes o apartadas.
En este caso, el distribuidor podrá buscar cualquier tipo de medio de envío o transporte para hacer llegar los residuos al más cercano Centro de Almacenamiento (CAT) del SIG de la Fundación de ECO- RAEE’s, y a cuyo distribuidor se le abonará por parte del SIG los costes de transporte y/o envío que le pudiese haber ocasionado, previa acreditación documental.
En todo caso, el distribuidor que se encuentre en este supuesto, deberá de llamar siempre primero al gestor transportista de la zona, y en su defecto, a la Fundación ECO- RAEE’s para facilitarle al máximo el transporte de los residuos, así como que el distribuidor también deberá de comunicar a través de fax y/o correo electrónico los tipos de residuos a transportar, marca, cantidad, fecha de envío, etc... al igual que en los casos anteriores.