El Real Decreto 553/2020, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, busca mejorar la trazabilidad de los traslados desde el lugar de origen del residuo hasta el destino final, de forma que se asegure un tratamiento adecuado para el mismo. Desde el 1 de septiembre de 2021, esta normativa establece la obligatoriedad de seguir el procedimiento electrónico para los traslados sujetos a Notificación Previa. Por tanto, afecta a:
- traslados de residuos, peligrosos y no peligrosos, destinados a eliminación;
- traslados de residuos peligrosos, de residuos domésticos mezclados identificados con el código LER 20 03 01 y los que reglamentariamente se determinen, destinados a valorización.
Para los traslados de residuos entre comunidades autónomas no sujetos a notificación previa, no se establece un procedimiento electrónico ni la obligación de remitir los documentos de traslado, sin perjuicio de que la normativa autonómica sí establezca obligaciones adicionales. No obstante, sí que deberán de disponer con carácter previo al inicio del traslado, de un contrato de tratamiento e ir acompañados de un documento de identificación desde el origen hasta su recepción en la instalación de destino.
La Asociación de Empresas Gestoras de Residuos y Recursos Especiales (ASEGRE) ha compilado en una sección de su página web toda la documentación relativa al traslado de residuos. En ella, podrás resolver las dudas acerca de la aplicación de eSIR, podrás obtener los enlaces de las diferentes Comunidades Autónomas para su tramitación, manuales y guías de usuario, video tutoriales y la resolución de las preguntas más frecuentes.
ENLACE: https://asegre.com/documentos-publicaciones/procedimiento-electronico-para-el-traslado-de-residuos