El artículo 29.3 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, establece que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico publicará en su página web, mediante resolución del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, los objetivos estatales mínimos de recogida separada para el periodo anual de cumplimiento, que será el año natural de que se trate.
De acuerdo con las previsiones del mencionado artículo 29.3, estos objetivos mínimos anuales se calculan, en el ámbito estatal, a partir de los datos recibidos del Registro Integrado Industrial del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, sobre los aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado en los años precedentes, y deberán cumplirse en cada comunidad autónoma en proporción a su población, según los últimos datos disponibles del Instituto Nacional de Estadística a 31 de diciembre del año precedente.
El objetivo de recogida separada de RAEE de España para 2022 es de 629.809.189,87 kilogramos. Esta cifra se conseguirá a través de una recogida mínima estimada de 439.827.534,09 kilogramos de RAEE de origen doméstico, y de una recogida mínima estimada de 189.981.655,78 kilogramos de RAEE de origen profesional. En términos de objetivo por habitante y año, para el año 2022 en todo el territorio nacional se establece un objetivo mínimo total de 13,29 kg de RAEE por habitante. Para este cálculo, se han tenido en cuenta los últimos datos de población disponibles del Instituto Nacional de Estadística a 1 de enero de 2021.
En el siguiente enlace, se puede descargar el documento completo: https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/prevencion-y-gestion-residuos/resolucionobjetivosraeeestatalyautonomicos-2022_tcm30-537479.pdf